Ya hemos hablado en el blog de los trámites necesarios para celebrar una boda civil pero si vosotros vais a casaros por la iglesia esta es la documentación que necesitaréis para obtener el Expediente Matrimonial:
- Certificado de nacimiento. Podéis solicitarlo gratuitamente en el registro civil del lugar de nacimiento o también a través de la página del ministerio de justicia.
- Partida de bautismo. La tenéis que solicitar en la Iglesia donde se ha sido bautizado y tiene una validez de 6 meses. En el caso de que vuestras parroquias pertenezcan a una Diócesis diferente de la parroquia en la que queréis casaros tendréis que legalizar la partida de bautismo en el obispado correspondiente.
- DNI o tarjeta de residencia de los dos miembros de la pareja. Hay que presentar el original y una fotocopia.
- Certificado de estado civil. Para los españoles basta con la Fe de Vida y Estado que expide el Registro Civil donde se está empadronado. Las personas de otra nacionalidad deben informarse acerca del certificado necesario. El sacerdote que tramita el expediente puede prescindir de este documento si no lo considera necesario.
- Certificado de haber realizado el cursillo prematrimonial.
- Dispensa. Sólo en el caso que exista impedimentos previstos por el Derecho Canónico como por ejemplo, para dos personas que procesen cultos distintos.
Una vez celebrado el matrimonio, la parroquia os entregará la comunicación de matrimonio contraído, que tenéis que llevar al Registro Civil para obtener el Libro de Familia. Una copia sellada por el Registro se devolverá a la parroquia donde se ha celebrado la boda.
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Fotografía de portada: Michael & Anna Costa Photography ~ Anna Costa
Via: Style Me Pretty